Los Certificados de Importación de Tornillos y Afines (C.I.T.A.) se establecieron mediante la Resolución 165/2009 del Ministerio de Producción y es exigido únicamente para las solicitudes de destilación de Importación definitiva para consumo.
El objetivo de esta Licencia no automática radica en un control previo al libramiento a plaza de determinados productos a fin de efectuar un seguimiento y control de tales operaciones.
Los Certificados de Importación de Tornillos y Afines (C.I.T.A.) tendrán un plazo de validez de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha de su emisión, y serán de carácter nominativo e intransferible.
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